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Ley Crea y Crece

¿obliga a mi empresa a emitir factura electrónica?

¿Qué es la Ley Crea y Crece? ¿Obliga a las empresas a utilizar factura electrónica?

En este artículo respondemos a estas preguntas.

¿Qué es la Ley Crea y Crece?

La Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley Crea y Crece, es una de las reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, que tiene el objetivo de dar respuesta a las recomendaciones y demandas de diferentes organismos internacionales.

Esta ley contiene toda una serie de medidas, dirigidas a dotar de mayor agilidad y flexibilidad a las empresas en todas las fases de su ciclo de vida.

Las medidas se pueden agrupar en cuatro pilares básicos:

Facilitar la creación de empresas
Trámites de constitución e inscripción más ágiles y menos costosos
Favorecer el crecimiento
Mediante la eliminación de obstáculos a las actividades económicas
Lucha contra la morosidad
Adopción generalizada de la facturación electrónica entre empresas y profesionales
Facilitar el acceso a la financiación
Plataforma de Crowfunding e instituciones de inversión colectiva y capital riesgo

La ley establece la posibilidad de crear una Sociedad  Limitada con un capital social de tan solo 1 euro y además, reduce y simplifica los trámites necesarios para su constitución utilizando medios telemáticos, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE).

En cuanto a la lucha contra la morosidad comercial, que tiene una particular incidencia en las pymes, la norma incluye el período medio de pago como criterio de valoración para el acceso a subvenciones y contratación pública. Se trata con ello de incentivar a las empresas para que cumplan con sus obligaciones de pago en tiempo. Para lograrlo, se extiende la obligación de expedir y remitir factura electrónica en todas las relaciones comerciales entre empresas y autónomos, garantizando una mayor trazabilidad y control en los pagos.

Entonces, ¿ya estoy obligado a emitir factura electrónica?

Sí y no, hay que tener en cuenta diferentes aspectos, ya que el proceso de adopción está siendo progresivo

Por otro lado, en España, desde el 1 de enero del año 2015, todos los contratos con la Administración Pública deben facturarse electrónicamente.

Además, la Ley Crea y Crece establece la obligación a empresas y profesionales de expedir, remitir y recibir factura electrónica en todas sus actividades comerciales con otras empresas y profesionales.

Hay que hacer un apunte, las medidas de la Ley Crea y Crece están en vigor desde el pasado 19 de octubre del 2022, excepto la parte relativa a las plataformas de crowfunding, que lo están desde el 10 de noviembre del mismo año.  En lo que se refiere a la factura electrónica, esta obligación no va a ser exigible hasta que se apruebe el Reglamento Regulador de la Factura Electrónica.

¿Cuándo será obligatorio utilizar la factura electrónica?

Las medidas sobre facturación electrónica de la Ley Crea y Crece, serán de obligado cumplimiento en el plazo de 12 meses a partir de la aprobación del Reglamento Regulador de la Factura Electrónica para las empresas y profesionales que tengan una facturación anual superior a 8 millones de euros. El resto, dispondrán de un plazo de 2 años.

El Gobierno tiene que aprobar el reglamento regulador antes de 6 meses desde la publicación en el BOE de la ley, publicación que se realizó el 29 de septiembre del 2022, por lo tanto, el plazo máximo para aprobarlo es el 29 de marzo de 2023. Si tenemos en cuenta que estamos en febrero y que, el proyecto de reglamento, debe tener un período de exposición pública, para alegaciones de cuantas personas consideren oportuno que deben realizar alegaciones sobre el mismo, nos lleva a pensar que este plazo no se va a cumplir.

En principio, a falta de concreción, podemos pensar que, la obligación de emitir factura electrónica, empezará en el año 2024 y 2025 para ambos tipos de empresas y profesionales.

* Actualización Marzo 2023

El pasado 7 de marzo, el Gobierno lazó la consulta pública previa al desarrollo reglamentario sobre los “requisitos técnicos y de información que ha de incluir la factura electrónica”, a efectos de verificar “la fecha de pago y de los periodos medios de pago, los requisitos de interoperabilidad mínima entre los prestadores de soluciones tecnológicas de facturas electrónicas, y los requisitos de seguridad, control y estandarización de los dispositivos y sistemas informáticos que generen los documentos”.

Mediante el siguiente enlace, podrás acceder al documento PDF de la consulta pública.

Facturación electrónica

Las facturas electrónicas deberán cumplir con los requisitos generales que se establecen en el Reglamento General de Facturación, que es una norma de 2012 y que establece, entre otras cosas, cuál es contenido mínimo que debe contener una factura. Además de eso, ese reglamento ya preveía normas específicas de las facturas electrónicas y una de las cuestiones es el requisito de acreditar la autenticidad y la integridad de la factura electrónica, ésto normalmente se consigue con una firma electrónica cualificada, integrada en el proceso de expedición de la factura.

Además, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • El destinatario y el emisor de las facturas electrónicas deberán proporcionar información sobre los estados de la factura, a efectos de verificar la fecha de pago y obtener los periodos medios de pago
  • Las plataformas deberán garantizar su interconexión e interoperabilidad gratuitas para garantizar el flujo de facturas, al máximo nivel de seguridad de información autenticidad y validación del mensaje. El procedimiento de acreditación de las plataformas se determinará reglamentariamente.
  • Durante un plazo de 4 años desde la emisión de las facturas electrónicas, los destinatarios podrán solicitar una copia de la misma sin coste alguno.
  • Sanciones de hasta 10.000€ para las as empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso a sus facturas a las personas que han dejado de ser clientes.

Otro aspecto a tener en cuenta, es que deberá cumplirse con las exigencias de la Ley Antifraude introducidas en la Ley General Tributaria, que obligará a utilizar un software certificado que deberá garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.

Recomendaciones

Es recomendable tomarse este año 2023 como un año de tránsito, de forma que las empresas y profesionales puedan ir preparándose a lo que será una obligación exigible en 2024 y 2025.

Es un año para buscar el asesoramiento y acompañamiento de un proveedor de confianza, puesto que se trata de un camino que hay que empezar a recorrer desde ya.

En Adapta.tech somos una consultora tecnológica que, mediante servicios personalizados, podemos ayudarte a elegir e implantar la solución de facturación adaptada a las nuevas normativas y que mejor encaje con tus necesidades. Contacta con nosotros y adapta tu empresa.

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