Ley Antifraude (Ley 11/2021)
La conocida como Ley Antifraude (Ley 11/2021) introduce importantes novedades en la lucha contra el fraude fiscal y conlleva importantes cambios a la hora de facturar, como sabemos que es un tema de bastante importancia para cualquier empresa o profesional, hemos querido resumir los principales aspectos a tener en cuenta.
¿Qué novedades incorpora en materia de facturación?
Con el objetivo de suprimir el uso de los llamados software de doble facturación (la famosa caja B), la administración tributaria va a imponer unos requisitos que los programas de facturación han de cumplir, de forma que permitan llevar a cabo este proceso con las debidas garantías de seguridad técnicas y jurídicas. Requisitos que, hasta la fecha, obviamente no cumplen. por parte de las empresas.
Los requisitos son:
- Garantizar la integridad de la información. Los datos permanezcan intactos
- Conservación de los requisitos contables, al menos durante el periodo de prescripción de los impuestos, que es de 4 años.
- Controlar la accesibilidad de la información, controlar qué usuario accede al programa
- Legibilidad de los datos para que puedan transferirse y que puedan ser entendibles
- Trazabilidad de las operaciones realizadas de forma que la información de las facturas coincida con la información contable de las mismas.
- Inalterabilidad de los registros generados, de forma que no puedan modificarse o eliminarse. Esto implica que no será posible eliminar o realizar la modificación de las facturas emitidas.
En una segunda etapa, se está llevando a cabo la aprobación de un reglamento de desarrollo parcial de la anterior ley, que estará centrado en aspectos de la facturación, incorporando algunos requisitos nuevos, que los programas tendrán que cumplir, así como realizar algunas formalidades adicionales.
Tercera fase, va a establecer la factura electrónica (ya ha sido introducido por la Ley crea y crece). Uno de los aspectos clave, es que va a delimitar el formato de lo que es una factura electrónica, lo que ya está claro, es que no van a valer los ficheros pdf que venimos enviado por email como hasta ahora. En principio, a las empresas no deben preocuparle los aspectos técnicos puesto que se ha establecido para los programas, es una cuestión que debe preocupar a las empresas desarrolladoras de software.
En este punto es importante destacar la importancia, para las empresas, de elegir un buen programa de facturación que ofrezca las máximas garantías de servicio y cumplimiento normativo.
¿Cómo afectará la Ley Antifraude a mi empresa?
La Ley Antifraude obliga al uso de un software de facturación certificado y afecta a todos los obligados tributarios en la, que cumpla con los requisitos ya establecidos por la propia ley y además, que cumpla con los requisitos que apruebe el nuevo reglamento (cuando se publique en el BOE) y que afectan concretamente a los programas de facturación, aspectos puramente informáticos.
A título de ejemplo, algunos de esos aspectos son:
- Código QR. Las empresas y profesionales deberán incluir un código QR en sus facturas y facturas simplificadas impresas. Este código QR, contendrá los principales datos de la factura y de su generación se encargará el propio programa de facturación.
- Disponer de una declaración responsable por escrito, emitida por el fabricante del software de facturación, que certifique que cumple con los requisitos establecidos en la regulación. No disponer de esta declaración, podría suponer una sanción de hasta 50.000€ por cada ejercicio económico.
- Registro de facturación: Cada operación de expedición de facturas, deberá generar de forma simultánea un registro en el sistema.
- Registro de eventos: Registrará todas las interacciones que se hagan en el sistema (entrada de los usuarios…)
- VERIFACTU - Envío del registro de facturación a la administración tributaria. El programa de facturación ha de tener la capacidad de transmitir telemáticamente el registro de facturación de forma correcta, continuada, segura, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehacientemente. De momento, este requisito es opcional para el empresario o profesional, que podrá optar por transmitir los datos o no hacerlo.
- Quienes facturen por el régimen de agricultura, ganadería y pesca.
- Los obligados al Suministro inmediato de información (SII).
- Las empresas y autónomos de las Islas Canarias, País Vasco, Navarra, Ceuta y Melilla.
¿Cuándo entra en vigor?
Los fabricantes de software de facturación ya se están preparando para cumplir con los requisitos se están estableciendo.
La entrada en vigor, en lo referente a la adaptación del software derivado de la Ley Antifraude, está prevista a partir del 1 de enero de 2024
Sobre el software de facturación
Vienen cambios importantes a nivel de facturación y en cuanto a cambios en los softwares con los que facturamos. Estos programas hace años que no tienen cambios tan importantes y es por ello, por lo que debemos estar preparados lo antes posible, tanto a nivel de conocimiento de las nuevas funcionalidades del software, como a nivel de cambios en los procesos internos de gestión que tenemos que adaptar en la empresa.
La ventaja que tenemos si cambiamos cuanto antes a un software que cumpla con la normativa, es que nos permitirá adaptarnos y conocer las herramientas y funcionalidades modernas que la nueva solución pondrá a tu disposición, creando una mejora en tus procesos y en la eficacia de tu gestión.
En Adapta.tech somos una consultora tecnológica que, mediante servicios personalizados, podemos ayudarte a elegir e implantar la solución de facturación adaptada a las nuevas normativas y que mejor encaje con tus necesidades.Contacta con nosotros y adapta tu empresa.